Para el cumplimiento de sus fines la Asociación podrá:
a) Crear redes de comunicación y colaboración junto con otras asociaciones o colectivos de mujeres estatales o internacionales que compartan o complementen los fines de la Asociación.
b) Promover reuniones, encuentros, seminarios, conferencias u otras actividades para estudiar y unificar criterios sobre el concepto de ciudadanía en relación con las mujeres.
c) Realizar trabajos de formación e investigación, generar estructuras informáticas, de desarrollo de contenidos, software, y materiales didácticos especializados en temáticas de igualdad de género.
d) Crear lugares propios de intercambio y reflexión que aseguren una mejor formación para las mujeres en la recuperación de la vida de las ciudades y en la construcción de espacios de civilidad y convivencia.
e) Cursos de formación inicial y continua para adquirir
y actualizar los conocimientos informáticos y telemáticos de las
mujeres, para adquirir las competencias básicas y avanzadas que potencien
su acceso y protagonismo en los entornos NTIC.